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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1679 del Código Civil

Texto vigente

La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1679

Artículo 1679 · Código Civil
Contenido1/3

La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa.

Completa el hueco2/3

La sociedad ________ desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa.

Artículo 1679 · Código Civil
Respuesta2/3

comienza

«La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa»?

Artículo 1679 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1679

«La sociedad comienza desde el momento mismo de la celebración del contrato, si no se ha pactado otra cosa.»

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