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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1685 del Código Civil

Texto vigente

El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1685

Artículo 1685 · Código Civil
Contenido1/3

El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.

Completa el hueco2/3

El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en ________, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.

Artículo 1685 · Código Civil
Respuesta2/3

insolvencia

«El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios…»?

Artículo 1685 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1685

«El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.»

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