⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1685 del Código Civil
Texto vigente
El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.
Flashcards de este artículo
Artículo 1685
El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.
El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en ________, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.
insolvencia
«El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.»
¿Qué artículo establece: «El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios…»?
Artículo 1685
«El socio que ha recibido por entero su parte en un crédito social sin que hayan cobrado la suya los demás socios, queda obligado, si el deudor cae después en insolvencia, a traer a la masa social lo que recibió, aunque hubiera dado el recibo por sola su parte.»
Otros artículos de Sección 1.ª De las obligaciones de los socios entre sí
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