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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1689 del Código Civil

Texto vigente

Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado. Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas.

A falta de pacto, la parte de cada socio en las ganancias y pérdidas debe ser proporcionada a lo que haya aportado. El socio que lo fuere sólo de industria tendrá una parte igual a la del que menos haya aportado. Si además de su industria hubiere aportado capital, recibirá también la parte proporcional que por él le corresponda.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1689

Artículo 1689 · Código Civil
Contenido1/5

Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado. Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas. A falta de pacto, la parte de cada socio en las ganancias y pérdidas debe ser proporcionada a lo que haya aportado. El socio que lo fuere sólo de industria tendrá una parte igual a la del que menos haya aportado. Si además de su industria hubiere aportado capital, recibirá también la parte proporcional que por él le corresponda.

Completa el hueco2/5

Las pérdidas y ________ se repartirán en conformidad a lo pactado.

Artículo 1689 · Código Civil
Respuesta2/5

ganancias

«Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado»?

Artículo 1689 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1689

«Las pérdidas y ganancias se repartirán en conformidad a lo pactado.»
Completa el hueco4/5

Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ________, será igual su parte en las pérdidas.

Artículo 1689 · Código Civil
Respuesta4/5

ganancias

«Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas»?

Artículo 1689 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1689

«Si sólo se hubiera pactado la parte de cada uno en las ganancias, será igual su parte en las pérdidas.»

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