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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1818 del Código Civil

Texto vigente

El descubrimiento de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 1818

Artículo 1818 · Código Civil
Contenido1/3

El descubrimiento de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.

Completa el hueco2/3

El ________ de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.

Artículo 1818 · Código Civil
Respuesta2/3

descubrimiento

«El descubrimiento de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El descubrimiento de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe»?

Artículo 1818 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 1818

«El descubrimiento de nuevos documentos no es causa para anular o rescindir la transacción, si no ha habido mala fe.»

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