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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 23 del Código Civil

Texto vigente

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:

a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24 y los sefardíes originarios de España.

c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 23

Artículo 23 · Código Civil
Contenido1/5

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia: • a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. • b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24 y los sefardíes originarios de España. • c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

Completa el hueco2/5

Son ________ comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:

Artículo 23 · Código Civil
Respuesta2/5

requisitos

«Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia»?

Artículo 23 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 23

«Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:»
Completa el hueco4/5

Que el mayor de ________ y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

Artículo 23 · Código Civil
Respuesta4/5

catorce años

«Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia…»?

Artículo 23 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 23

«Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 7 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 01/10/2015 por BOE-A-2015-7045.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (09/01/2003):

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia: a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24. 24 y los sefardíes originarios de España. c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 05/08/1954 · modificado por BOE-A-1954-10882
  3. Vigente desde 25/05/1975 · modificado por BOE-A-1975-9245
  4. Vigente desde 19/08/1982 · modificado por BOE-A-1982-19493
  5. Vigente desde 07/01/1991 · modificado por BOE-A-1990-30520
  6. Vigente desde 09/01/2003 · modificado por BOE-A-2002-19484
  7. Vigente desde 01/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-7045

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