⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 654 del Código Civil
Texto vigente
Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso; pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos.
Para la reducción de las donaciones se estará a lo dispuesto en este capítulo y en los artículos 820 y 821 del presente Código.
Flashcards de este artículo
Artículo 654
Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso; pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos. Para la reducción de las donaciones se estará a lo dispuesto en este capítulo y en los artículos 820 y 821 del presente Código.
Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean ________ computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso;
inoficiosas
«Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso;»
¿Qué artículo establece: «Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del…»?
Artículo 654
«Las donaciones que, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 636, sean inoficiosas computado el valor líquido de los bienes del donante al tiempo de su muerte, deberán ser reducidas en cuanto al exceso;»
pero esta ________ no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos.
reducción
«pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos.»
¿Qué artículo establece: «pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los…»?
Artículo 654
«pero esta reducción no obstará para que tengan efecto durante la vida del donante y para que el donatario haga suyos los frutos.»
Otros artículos de CAPÍTULO IV. De la revocación y reducción de las donaciones
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.