⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 860 del Código Civil
Texto vigente
El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase sólo por género o especie.
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Información1/3
Artículo 860
Artículo 860 · Código Civil
Contenido1/3
El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase sólo por género o especie.
Completa el hueco2/3
El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere ________ y se señalase sólo por género o especie.
Artículo 860 · Código Civil
Respuesta2/3
indeterminada
«El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase sólo por género o especie.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase sólo por…»?
Artículo 860 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 860
«El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase sólo por género o especie.»
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