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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 874 del Código Civil

Texto vigente

En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las modificaciones que se deriven de la voluntad expresa del testador.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 874

Artículo 874 · Código Civil
Contenido1/3

En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las modificaciones que se deriven de la voluntad expresa del testador.

Completa el hueco2/3

En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las ________ que se deriven de la voluntad expresa del testador.

Artículo 874 · Código Civil
Respuesta2/3

modificaciones

«En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las modificaciones que se deriven de la voluntad expresa del testador.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las modificaciones que se deriven de…»?

Artículo 874 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 874

«En los legados alternativos se observará lo dispuesto para las obligaciones de la misma especie, salvas las modificaciones que se deriven de la voluntad expresa del testador.»

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