⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 876 del Código Civil
Texto vigente
Siempre que el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo que mejor les pareciere.
Flashcards de este artículo
Artículo 876
Siempre que el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo que mejor les pareciere.
Siempre que el testador deje ________ la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo que mejor les pareciere.
expresamente
«Siempre que el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo que mejor les pareciere.»
¿Qué artículo establece: «Siempre que el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo…»?
Artículo 876
«Siempre que el testador deje expresamente la elección al heredero o al legatario, el primero podrá dar, o el segundo elegir, lo que mejor les pareciere.»
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