⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 869 del Código Civil
Texto vigente
El legado quedará sin efecto:
1.º Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.
2.º Si el testador enajena, por cualquier título o causa, la cosa legada o parte de ella, entendiéndose en este último caso que el legado queda sólo sin efecto respecto a la parte enajenada. Si después de la enajenación volviere la cosa al dominio del testador, aunque sea por la nulidad del contrato, no tendrá después de este hecho fuerza el legado, salvo el caso en que la readquisición se verifique por pacto de retroventa.
3.º Si la cosa legada perece del todo viviendo el testador o después de su muerte sin culpa del heredero. Sin embargo, el obligado a pagar el legado responderá por evicción, si la cosa legada no hubiere sido determinada en especie, según lo dispuesto en el artículo 860.
Flashcards de este artículo
Artículo 869 (apartado 1)
º Si el testador ________ la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.
transforma
«º Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.»
¿Qué artículo establece: «º Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía»?
Artículo 869
«º Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.»
Artículo 869 (apartado 2)
º Si el testador transforma la cosa legada, de modo que no conserve ni la forma ni la denominación que tenía.
º Si el testador enajena, por cualquier título o causa, la cosa legada o parte de ella, entendiéndose en este último caso que el legado queda sólo sin efecto respecto a la parte ________.
enajenada
«º Si el testador enajena, por cualquier título o causa, la cosa legada o parte de ella, entendiéndose en este último caso que el legado queda sólo sin efecto respecto a la parte enajenada.»
Otros artículos de Sección 10.ª De las mandas y legados
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