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🏢 Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público · BOE-A-2015-10566

Disposición adicional decimosexta de la Ley 40/2015Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno

Texto vigente

Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 28/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional decimosexta. Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno

Disposición adicional decimosexta · Ley 40/2015
Contenido1/4

Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.

Completa el hueco2/4

Los servicios ________ que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.

Disposición adicional decimosexta · Ley 40/2015
Respuesta2/4

territoriales

«Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno»?

Disposición adicional decimosexta · Ley 40/2015
Respuesta3/4

Disposición adicional decimosexta

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta…»?

Disposición adicional decimosexta · Ley 40/2015
Respuesta4/4

Disposición adicional decimosexta. Servicios territoriales integrados en las Delegaciones del Gobierno

«Los servicios territoriales que, a la entrada en vigor de esta Ley, estuviesen integrados en las Delegaciones del Gobierno continuarán en esta situación, siendo aplicable a los mismos lo previsto en la presente Ley.»

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