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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 280 de la Ley de Enjuiciamiento CivilDenuncia de inexactitud de una copia y efectos

Texto vigente

Si se denunciare que la copia entregada a un litigante no se corresponde con el original, el tribunal, oídas las demás partes, declarará la nulidad de lo actuado a partir de la entrega de la copia si su inexactitud hubiera podido afectar a la defensa de la parte, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra quien presentare la copia inexacta.

El tribunal, al declarar la nulidad, dispondrá la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Artículo 280. Denuncia de inexactitud de una copia y efectos

Artículo 280 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/4

Si se denunciare que la copia entregada a un litigante no se corresponde con el original, el tribunal, oídas las demás partes, declarará la nulidad de lo actuado a partir de la entrega de la copia si su inexactitud hubiera podido afectar a la defensa de la parte, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra quien presentare la copia inexacta. El tribunal, al declarar la nulidad, dispondrá la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso.

Completa el hueco2/4

El tribunal, al declarar la nulidad, ________ la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso.

Artículo 280 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/4

dispondrá

«El tribunal, al declarar la nulidad, dispondrá la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Denuncia de inexactitud de una copia y efectos»?

Artículo 280 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/4

Artículo 280

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «El tribunal, al declarar la nulidad, dispondrá la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso»?

Artículo 280 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta4/4

Artículo 280. Denuncia de inexactitud de una copia y efectos

«El tribunal, al declarar la nulidad, dispondrá la entrega de copia conforme al original, a los efectos que procedan en cada caso.»

Otros artículos de CAPÍTULO IV. De las copias de los escritos y documentos y su traslado