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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 417 de la Ley de Enjuiciamiento CivilOrden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas

Texto vigente

1. Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes.

2. Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 417. Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas (apartado 1)

Artículo 417 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes.

Completa el hueco2/5

Cuando la audiencia verse sobre varias ________ de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes.

Artículo 417 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

circunstancias

«Cuando la audiencia verse sobre varias circunstancias de las referidas en el artículo anterior, se examinarán y resolverán por el orden en que aparecen en los artículos siguientes.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas»?

Artículo 417 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 417

Información4/5

Artículo 417. Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas (apartado 2)

Artículo 417 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia.

Completa el hueco5/5

Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los ________ siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia.

Artículo 417 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

cinco días

«Cuando sea objeto de la audiencia más de una de las cuestiones y circunstancias del artículo anterior, el tribunal, dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, se pronunciará en un mismo auto sobre todas las suscitadas que, conforme a los artículos siguientes, no resuelva oralmente en la misma audiencia.»

Otros artículos de CAPÍTULO II. De la audiencia previa al juicio