📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 425 de la Ley de Enjuiciamiento CivilDecisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas
Texto vigente
La resolución de circunstancias alegadas o puestas de manifiesto de oficio, que no se hallen comprendidas en el artículo 416, se acomodará a las reglas establecidas en estos preceptos para las análogas.
Flashcards de este artículo
Artículo 425. Decisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas
La resolución de circunstancias alegadas o puestas de manifiesto de oficio, que no se hallen comprendidas en el artículo 416, se acomodará a las reglas establecidas en estos preceptos para las análogas.
La resolución de ________ alegadas o puestas de manifiesto de oficio, que no se hallen comprendidas en el artículo 416, se acomodará a las reglas establecidas en estos preceptos para las análogas.
circunstancias
«La resolución de circunstancias alegadas o puestas de manifiesto de oficio, que no se hallen comprendidas en el artículo 416, se acomodará a las reglas establecidas en estos preceptos para las análogas.»
¿Qué artículo lleva por título «Decisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas»?
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Artículo 425. Decisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas
«La resolución de circunstancias alegadas o puestas de manifiesto de oficio, que no se hallen comprendidas en el artículo 416, se acomodará a las reglas establecidas en estos preceptos para las análogas.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. De la audiencia previa al juicio
- Artículo 414 · Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia
- Artículo 415 · Intento de solución extrajudicial de la controversia. Sobreseimiento por desistimiento bilateral. Homologación y eficacia del acuerdo
- Artículo 416 · Examen y resolución de cuestiones procesales, con exclusión de las relativas a jurisdicción y competencia
- Artículo 417 · Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas
- Artículo 418 · Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía
- Artículo 419 · Admisión de la acumulación de acciones
- Artículo 420 · Posible integración voluntaria de la litis. Resolución en casos controvertidos de litisconsorcio necesario
- Artículo 421 · Resolución en casos de litispendencia o cosa juzgada
- Artículo 422 · Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la cuantía
- Artículo 423 · Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la materia
- Artículo 424 · Actividad y resolución en caso de demanda defectuosa
- Artículo 426 · Alegaciones complementarias y aclaratorias. Pretensiones complementarias. Hechos acaecidos o conocidos con posterioridad a la demanda y la contestación. Presentación de documentos sobre dichos extremos
- Artículo 427 · Posición de las partes ante los documentos y dictámenes presentados
- Artículo 428 · Fijación de los hechos controvertidos y posible sentencia inmediata
- Artículo 429 · Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio
- Artículo 430 · Solicitud de nuevo señalamiento del juicio
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.