📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 819 de la Ley de Enjuiciamiento CivilCasos en que procede
Texto vigente
Sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque.
Flashcards de este artículo
Artículo 819. Casos en que procede
Sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque.
Sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los ________ previstos en la Ley cambiaria y del cheque.
requisitos
«Sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque.»
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Artículo 819. Casos en que procede
«Sólo procederá el juicio cambiario si, al incoarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del juicio cambiario
- Artículo 820 · Competencia
- Artículo 821 · Iniciación. Demanda. Requerimiento de pago y embargo preventivo
- Artículo 822 · Pago
- Artículo 823 · Alzamiento del embargo
- Artículo 824 · Oposición cambiaria
- Artículo 825 · Efectos de la falta de oposición
- Artículo 826 · Sustanciación de la oposición cambiaria
- Artículo 827 · Sentencia sobre la oposición. Eficacia
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.