📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 821 de la Ley de Enjuiciamiento CivilIniciación. Demanda. Requerimiento de pago y embargo preventivo
Texto vigente
1. El juicio cambiario comenzará mediante demanda sucinta a la que se acompañará el título cambiario.
2. El tribunal analizará, por medio de auto, la corrección formal del título cambiario y, si lo encuentra conforme, adoptará, sin más trámites, las siguientes medidas:
1.ª Requerir al deudor para que pague en el plazo de diez días.
2.ª Ordenar el inmediato embargo preventivo de los bienes del deudor por la cantidad que figure en el título ejecutivo, más otra para intereses de demora, gastos y costas, por si no se atendiera el requerimiento de pago.
3. Contra el auto que deniegue la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior podrá interponer el demandante los recursos a que se refiere el apartado 2 del artículo 552.
Flashcards de este artículo
Artículo 821. Iniciación. Demanda. Requerimiento de pago y embargo preventivo (apartado 1)
El juicio cambiario comenzará mediante demanda sucinta a la que se acompañará el título cambiario.
El juicio ________ comenzará mediante demanda sucinta a la que se acompañará el título cambiario.
cambiario
«El juicio cambiario comenzará mediante demanda sucinta a la que se acompañará el título cambiario.»
¿Qué artículo lleva por título «Iniciación. Demanda. Requerimiento de pago y embargo preventivo»?
Artículo 821. Iniciación. Demanda. Requerimiento de pago y embargo preventivo (apartado 2)
El tribunal analizará, por medio de auto, la corrección formal del título cambiario y, si lo encuentra conforme, adoptará, sin más trámites, las siguientes medidas:
El tribunal analizará, por medio de auto, la corrección formal del título ________ y, si lo encuentra conforme, adoptará, sin más trámites, las siguientes medidas:
cambiario
«El tribunal analizará, por medio de auto, la corrección formal del título cambiario y, si lo encuentra conforme, adoptará, sin más trámites, las siguientes medidas:»
Otros artículos de CAPÍTULO II. Del juicio cambiario
- Artículo 819 · Casos en que procede
- Artículo 820 · Competencia
- Artículo 822 · Pago
- Artículo 823 · Alzamiento del embargo
- Artículo 824 · Oposición cambiaria
- Artículo 825 · Efectos de la falta de oposición
- Artículo 826 · Sustanciación de la oposición cambiaria
- Artículo 827 · Sentencia sobre la oposición. Eficacia
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.