🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 66 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Contra el auto en que las Audiencias o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 66
Artículo 66 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3
Contra el auto en que las Audiencias o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso.
Completa el hueco2/3
Contra el auto en que las ________ o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso.
Artículo 66 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3
Audiencias
«Contra el auto en que las Audiencias o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Contra el auto en que las Audiencias o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso»?
Artículo 66 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3
Artículo 66
«Contra el auto en que las Audiencias o el Tribunal Supremo admitieren o denegaren la prueba, no se dará ulterior recurso.»
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