🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 57 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa. El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal.
Cuando el recusante no estuviese presente, firmarán sólo el Letrado y el Procurador. En todo caso se expresará en el escrito concreta y claramente la causa de la recusación.
Flashcards de este artículo
Artículo 57
La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa. El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal. Cuando el recusante no estuviese presente, firmarán sólo el Letrado y el Procurador. En todo caso se expresará en el escrito concreta y claramente la causa de la recusación.
La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por ________ y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa.
Procurador
«La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa.»
¿Qué artículo establece: «La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el…»?
Artículo 57
«La recusación se hará en escrito firmado por Letrado, por Procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa.»
El último deberá ratificarse ante el Juez o ________.
Tribunal
«El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal.»
¿Qué artículo establece: «El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal»?
Artículo 57
«El último deberá ratificarse ante el Juez o Tribunal.»
Otros artículos de Capítulo II. De la sustanciación de las recusaciones de los Jueces de instrucc…
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.