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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 839 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 839

Artículo 839 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.

Completa el hueco2/3

________ el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.

Artículo 839 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

Transcurrido

«Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde»?

Artículo 839 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 839

«Transcurrido el plazo de la requisitoria sin haber comparecido o sin haber sido presentado el ausente, se le declarará rebelde.»

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