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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 841 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Si al ser declarado en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 841

Artículo 841 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Si al ser declarado en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos.

Completa el hueco2/3

Si al ser ________ en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos.

Artículo 841 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

declarado

«Si al ser declarado en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si al ser declarado en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos»?

Artículo 841 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 841

«Si al ser declarado en rebeldía el procesado se hallare pendiente el juicio oral, se suspenderá éste y se archivarán los autos.»

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