⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1028 del Código Civil
Texto vigente
Cuando haya juicio pendiente entre los acreedores sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado que señale la sentencia firme de graduación.
No habiendo juicio pendiente entre los acreedores, serán pagados los que primero se presenten; pero, constando que alguno de los créditos conocidos es preferente, no se hará el pago sin previa caución a favor del acreedor de mejor derecho.
Flashcards de este artículo
Artículo 1028
Cuando haya juicio pendiente entre los acreedores sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado que señale la sentencia firme de graduación. No habiendo juicio pendiente entre los acreedores, serán pagados los que primero se presenten; pero, constando que alguno de los créditos conocidos es preferente, no se hará el pago sin previa caución a favor del acreedor de mejor derecho.
Cuando haya juicio pendiente entre los ________ sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado que señale la sentencia firme de graduación.
acreedores
«Cuando haya juicio pendiente entre los acreedores sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado que señale la sentencia firme de graduación.»
¿Qué artículo establece: «Cuando haya juicio pendiente entre los acreedores sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado…»?
Artículo 1028
«Cuando haya juicio pendiente entre los acreedores sobre la preferencia de sus créditos, serán pagados por el orden y según el grado que señale la sentencia firme de graduación.»
No habiendo juicio pendiente entre los ________, serán pagados los que primero se presenten;
acreedores
«No habiendo juicio pendiente entre los acreedores, serán pagados los que primero se presenten;»
¿Qué artículo establece: «No habiendo juicio pendiente entre los acreedores, serán pagados los que primero se presenten»?
Artículo 1028
«No habiendo juicio pendiente entre los acreedores, serán pagados los que primero se presenten;»
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