⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1109 del Código Civil
Texto vigente
Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto.
En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio.
Los Montes de Piedad y Cajas de Ahorro se regirán por sus reglamentos especiales.
Flashcards de este artículo
Artículo 1109
Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto. En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio. Los Montes de Piedad y Cajas de Ahorro se regirán por sus reglamentos especiales.
Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son ________ reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto.
judicialmente
«Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto.»
¿Qué artículo establece: «Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto»?
Artículo 1109
«Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto.»
En los negocios ________ se estará a lo que dispone el Código de Comercio.
comerciales
«En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio.»
¿Qué artículo establece: «En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio»?
Artículo 1109
«En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio.»
Otros artículos de CAPÍTULO II. De la naturaleza y efecto de las obligaciones
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.