⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 887 del Código Civil
Texto vigente
Si los bienes de la herencia no alcanzaren para cubrir todos los legados, el pago se hará en el orden siguiente:
1.º Los legados remuneratorios.
2.º Los legados de cosa cierta y determinada, que forme parte del caudal hereditario.
3.º Los legados que el testador haya declarado preferentes.
4.º Los de alimentos.
5.º Los de educación.
6.º Los demás a prorrata.
Flashcards de este artículo
Artículo 887 (apartado 1)
Si los bienes de la herencia no alcanzaren para cubrir todos los legados, el pago se hará en el orden siguiente:
º Los legados de cosa cierta y determinada, que forme parte del caudal ________.
hereditario
«º Los legados de cosa cierta y determinada, que forme parte del caudal hereditario.»
¿Qué artículo establece: «Si los bienes de la herencia no alcanzaren para cubrir todos los legados, el pago se hará en el orden siguiente»?
Artículo 887
«Si los bienes de la herencia no alcanzaren para cubrir todos los legados, el pago se hará en el orden siguiente:»
Artículo 887 (apartado 2)
º Los legados que el testador haya declarado ________.
preferentes
«º Los legados que el testador haya declarado preferentes.»
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