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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 939 del Código Civil

Texto vigente

Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 939

Artículo 939 · Código Civil
Contenido1/3

Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.

Completa el hueco2/3

Si hubiere varios ascendientes de igual grado ________ a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.

Artículo 939 · Código Civil
Respuesta2/3

pertenecientes

«Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas»?

Artículo 939 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 939

«Si hubiere varios ascendientes de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia por cabezas.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 08/06/1981 por BOE-A-1981-11198.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (16/08/1889):

A falta de descendientes y Si hubiere varios ascendientes legítimos, sucederán al difunto en el todo de igual grado pertenecientes a la misma línea, dividirán la herencia los hijos naturales legalmente reconocidos, y los legitimados por concesión real. cabezas.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198

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