🏢 Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público · BOE-A-2015-10566
Disposición transitoria cuarta de la Ley 40/2015Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novena
Texto vigente
Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de dicha disposición. A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso de procedimientos negociados, para determinar el momento de iniciación se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos.
Flashcards de este artículo
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novena
Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de dicha disposición. A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso de procedimientos negociados, para determinar el momento de iniciación se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos.
Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con ________ a la entrada en vigor de dicha disposición.
posterioridad
«Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de dicha disposición.»
¿Qué artículo lleva por título «Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novena»?
A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del ________ de adjudicación del contrato.
procedimiento
«A estos efectos se entenderá que los expedientes de contratación han sido iniciados si se hubiera publicado la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato.»
¿Qué artículo establece: «Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con posterioridad a la entrada en…»?
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en la disposición final novena
«Lo dispuesto en la disposición final novena será de aplicación a los expedientes de contratación iniciados con posterioridad a la entrada en vigor de dicha disposición.»
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