📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 154 de la Ley de Enjuiciamiento CivilLugar de comunicación de los actos a los procuradores
Texto vigente
1. Los actos de comunicación con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. El régimen interno de este servicio será competencia del Colegio de Procuradores, de conformidad con la ley.
2. La remisión y recepción de los actos de comunicación con los procuradores en este servicio se realizará, salvo las excepciones establecidas en la ley, por los medios telemáticos o electrónicos y con el resguardo acreditativo de su recepción a que se refiere el artículo 162.
Si hubiera de realizarse el acto en soporte papel, se remitirá al servicio, por duplicado, la copia de la resolución o la cédula, de las que el procurador recibirá un ejemplar y firmará otro, que será devuelto a la oficina judicial por el propio servicio.
Flashcards de este artículo
Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores (apartado 1)
Los actos de comunicación con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. El régimen interno de este servicio será competencia del Colegio de Procuradores, de conformidad con la ley.
Los actos de ________ con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores.
comunicación
«Los actos de comunicación con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores.»
¿Qué artículo lleva por título «Lugar de comunicación de los actos a los procuradores»?
Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores (apartado 2)
La remisión y recepción de los actos de comunicación con los procuradores en este servicio se realizará, salvo las excepciones establecidas en la ley, por los medios telemáticos o electrónicos y con el resguardo acreditativo de su recepción a que se refiere el artículo 162. Si hubiera de realizarse el acto en soporte papel, se remitirá al servicio, por duplicado, la copia de la resolución o la cédula, de las que el procurador recibirá un ejemplar y firmará otro, que será devuelto a la oficina judicial por el propio servicio.
El régimen interno de este servicio será competencia del Colegio de ________, de conformidad con la ley.
Procuradores
«El régimen interno de este servicio será competencia del Colegio de Procuradores, de conformidad con la ley.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
1. Los actos de comunicación con los procuradores se realizarán en la sede del tribunal o en el servicio común de recepción organizado por el Colegio de Procuradores. El régimen interno de este servicio será competencia del Colegio de Procuradores, de conformidad con la ley. 2. La remisión y recepción de los actos de comunicación con los procuradores en este servicio se realizará realizará, salvo las excepciones establecidas en la ley, por los medios telemáticos o electrónicos y con el resguardo acreditativo de su recepción a que se refiere el apartado 1 del artículo 162 162. Si hubiera de esta Ley, cuando la Oficina judicial y realizarse el Colegio de Procuradores dispongan de tales medios. En otro caso, acto en soporte papel, se remitirá al servicio, por duplicado, la copia de la resolución o la cédula, de las que el procurador recibirá un ejemplar y firmará otro otro, que será devuelto a la Oficina oficina judicial por el propio servicio.
- Vigente desde 08/01/2001 · redacción original
- Vigente desde 09/12/2007 · modificado por BOE-A-2007-21086
- Vigente desde 07/10/2015 · modificado por BOE-A-2015-10727
Otros artículos de CAPÍTULO V. De los actos de comunicación judicial
- Artículo 149 · Clases de actos de comunicación
- Artículo 150 · Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación
- Artículo 151 · Tiempo de la comunicación
- Artículo 152 · Forma de los actos de comunicación. Respuesta
- Artículo 153 · Comunicación por medio de procurador
- Artículo 155 · Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador o procuradora. Domicilio
- Artículo 156 · Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio
- Artículo 157 · Registro Central de Rebeldes Civiles
- Artículo 158 · Comunicación mediante entrega
- Artículo 159 · Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio
- Artículo 160 · Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes
- Artículo 161 · Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula
- Artículo 162 · Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares
- Artículo 163 · Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación
- Artículo 164 · Comunicación edictal
- Artículo 165 · Actos de comunicación mediante auxilio judicial
- Artículo 166 · Nulidad y subsanación de los actos de comunicación
- Artículo 167 · Remisión de oficios y mandamientos
- Artículo 168 · Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.