📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323
Artículo 309 de la Ley de Enjuiciamiento CivilInterrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica
Texto vigente
1. Cuando la parte declarante sea una persona jurídica o ente sin personalidad, y su representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso, habrá de alegar tal circunstancia en la audiencia previa al juicio, y deberá facilitar la identidad de la persona que intervino en nombre de la persona jurídica o entidad interrogada, para que sea citada al juicio.
El representante podrá solicitar que la persona identificada sea citada en calidad de testigo si ya no formara parte de la persona jurídica o ente sin personalidad.
2. Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el representante de la persona jurídica o ente sin personalidad, habrá, no obstante, de responder según sus conocimientos, dando razón de su origen y habrá de identificar a la persona que, en nombre de la parte, hubiere intervenido en aquellos hechos. El tribunal citará a dicha persona para ser interrogada fuera del juicio como diligencia final, conforme a lo dispuesto en la regla segunda del apartado 1 del artículo 435.
3. En los casos previstos en los apartados anteriores, si por la representación de la persona jurídica o entidad sin personalidad se manifestase desconocer la persona interviniente en los hechos, el tribunal considerará tal manifestación como respuesta evasiva o resistencia a declarar, con los efectos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 307.
Flashcards de este artículo
Artículo 309. Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica (apartado 1)
Cuando la parte declarante sea una persona jurídica o ente sin personalidad, y su representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso, habrá de alegar tal circunstancia en la audiencia previa al juicio, y deberá facilitar la identidad de la persona que intervino en nombre de la persona jurídica o entidad interrogada, para que sea citada al juicio. El representante podrá solicitar que la persona identificada sea citada en calidad de testigo si ya no formara parte de la persona jurídica o ente sin personalidad.
El ________ podrá solicitar que la persona identificada sea citada en calidad de testigo si ya no formara parte de la persona jurídica o ente sin personalidad.
representante
«El representante podrá solicitar que la persona identificada sea citada en calidad de testigo si ya no formara parte de la persona jurídica o ente sin personalidad.»
¿Qué artículo lleva por título «Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica»?
Artículo 309. Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica (apartado 2)
Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el representante de la persona jurídica o ente sin personalidad, habrá, no obstante, de responder según sus conocimientos, dando razón de su origen y habrá de identificar a la persona que, en nombre de la parte, hubiere intervenido en aquellos hechos. El tribunal citará a dicha persona para ser interrogada fuera del juicio como diligencia final, conforme a lo dispuesto en la regla segunda del apartado 1 del artículo 435.
Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el ________ de la persona jurídica o ente sin personalidad, habrá, no obstante, de responder según sus conocimientos, dando razón de su origen y habrá de identificar a la persona que, en nombre de la parte, hubiere intervenido en aquellos hechos.
representante
«Cuando alguna pregunta se refiera a hechos en que no hubiese intervenido el representante de la persona jurídica o ente sin personalidad, habrá, no obstante, de responder según sus conocimientos, dando razón de su origen y habrá de identificar a la persona que, en nombre de la parte, hubiere intervenido en aquellos hechos.»
Otros artículos de Sección 1.ª Del interrogatorio de las partes
- Artículo 301 · Concepto y sujetos del interrogatorio de las partes
- Artículo 302 · Contenido del interrogatorio y admisión de las preguntas
- Artículo 303 · Impugnación de las preguntas que se formulen
- Artículo 304 · Incomparecencia y admisión tácita de los hechos
- Artículo 305 · Modo de responder al interrogatorio
- Artículo 306 · Facultades del tribunal e intervención de abogados. Interrogatorio cruzado
- Artículo 307 · Negativa a declarar, respuestas evasivas o inconcluyentes y admisión de hechos personales
- Artículo 308 · Declaración sobre hechos no personales del interrogado
- Artículo 310 · Incomunicación de declarantes
- Artículo 311 · Interrogatorio domiciliario
- Artículo 312 · Constancia en acta del interrogatorio domiciliario
- Artículo 313 · Interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial
- Artículo 314 · Prohibición de reiterar el interrogatorio de las partes
- Artículo 315 · Interrogatorio en casos especiales
- Artículo 316 · Valoración del interrogatorio de las partes
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.