Ir al generador

📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 379 de la Ley de Enjuiciamiento CivilPrueba y oposición sobre las tachas

Texto vigente

1. Con la alegación de las tachas, se podrá proponer la prueba conducente a justificarlas, excepto la testifical.

2. Si formulada tacha de un testigo, las demás partes no se opusieren a ella dentro del tercer día siguiente a su formulación, se entenderá que reconocen el fundamento de la tacha. Si se opusieren, alegarán lo que les parezca conveniente, pudiendo aportar documentos.

3. Para la apreciación sobre la tacha y la valoración de la declaración testifical, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 344 y en el artículo 376.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 379. Prueba y oposición sobre las tachas (apartado 1)

Artículo 379 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Con la alegación de las tachas, se podrá proponer la prueba conducente a justificarlas, excepto la testifical.

Completa el hueco2/5

Con la alegación de las tachas, se podrá proponer la prueba ________ a justificarlas, excepto la testifical.

Artículo 379 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

conducente

«Con la alegación de las tachas, se podrá proponer la prueba conducente a justificarlas, excepto la testifical.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Prueba y oposición sobre las tachas»?

Artículo 379 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 379

Información4/5

Artículo 379. Prueba y oposición sobre las tachas (apartado 2)

Artículo 379 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Si formulada tacha de un testigo, las demás partes no se opusieren a ella dentro del tercer día siguiente a su formulación, se entenderá que reconocen el fundamento de la tacha. Si se opusieren, alegarán lo que les parezca conveniente, pudiendo aportar documentos.

Completa el hueco5/5

Si formulada tacha de un testigo, las demás partes no se opusieren a ella dentro del tercer día siguiente a su ________, se entenderá que reconocen el fundamento de la tacha.

Artículo 379 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

formulación

«Si formulada tacha de un testigo, las demás partes no se opusieren a ella dentro del tercer día siguiente a su formulación, se entenderá que reconocen el fundamento de la tacha.»

Otros artículos de Sección 7.ª Del interrogatorio de testigos