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📂 Ley de Enjuiciamiento Civil · BOE-A-2000-323

Artículo 50 de la Ley de Enjuiciamiento CivilFuero general de las personas físicas

Texto vigente

1. Salvo que la Ley disponga otra cosa, la competencia territorial corresponderá al tribunal del domicilio del demandado y si no lo tuviere en el territorio nacional, será Juez competente el de su residencia en dicho territorio.

2. Quienes no tuvieren domicilio ni residencia en España podrán ser demandados en el lugar en que se encuentren dentro del territorio nacional o en el de su última residencia en éste y, si tampoco pudiera determinarse así la competencia, en el lugar del domicilio del actor.

3. Los empresarios y profesionales, en los litigios derivados de su actividad empresarial o profesional, también podrán ser demandados en el lugar donde se desarrolle dicha actividad y, si tuvieren establecimientos a su cargo en diferentes lugares, en cualquiera de ellos a elección del actor.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

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Información1/5

Artículo 50. Fuero general de las personas físicas (apartado 1)

Artículo 50 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido1/5

Salvo que la Ley disponga otra cosa, la competencia territorial corresponderá al tribunal del domicilio del demandado y si no lo tuviere en el territorio nacional, será Juez competente el de su residencia en dicho territorio.

Completa el hueco2/5

Salvo que la Ley disponga otra cosa, la competencia ________ corresponderá al tribunal del domicilio del demandado y si no lo tuviere en el territorio nacional, será Juez competente el de su residencia en dicho territorio.

Artículo 50 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta2/5

territorial

«Salvo que la Ley disponga otra cosa, la competencia territorial corresponderá al tribunal del domicilio del demandado y si no lo tuviere en el territorio nacional, será Juez competente el de su residencia en dicho territorio.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo lleva por título «Fuero general de las personas físicas»?

Artículo 50 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta3/5

Artículo 50

Información4/5

Artículo 50. Fuero general de las personas físicas (apartado 2)

Artículo 50 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Contenido4/5

Quienes no tuvieren domicilio ni residencia en España podrán ser demandados en el lugar en que se encuentren dentro del territorio nacional o en el de su última residencia en éste y, si tampoco pudiera determinarse así la competencia, en el lugar del domicilio del actor.

Completa el hueco5/5

Quienes no tuvieren domicilio ni ________ en España podrán ser demandados en el lugar en que se encuentren dentro del territorio nacional o en el de su última residencia en éste y, si tampoco pudiera determinarse así la competencia, en el lugar del domicilio del actor.

Artículo 50 · Ley de Enjuiciamiento Civil
Respuesta5/5

residencia

«Quienes no tuvieren domicilio ni residencia en España podrán ser demandados en el lugar en que se encuentren dentro del territorio nacional o en el de su última residencia en éste y, si tampoco pudiera determinarse así la competencia, en el lugar del domicilio del actor.»

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