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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 661 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I.

Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175.

Si vueltos a citar dejaren también de comparecer, serán procesados por el delito de obstrucción a la justicia, tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 661

Artículo 661 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I. Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175. Si vueltos a citar dejaren también de comparecer, serán procesados por el delito de obstrucción a la justicia, tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

Completa el hueco2/5

Las ________ de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I.

Artículo 661 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

citaciones

«Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I»?

Artículo 661 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 661

«Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I.»
Completa el hueco4/5

Los peritos y ________ citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175.

Artículo 661 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

testigos

«Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el…»?

Artículo 661 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 661

«Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 2 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 28/04/2003 por BOE-A-2002-20823.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (01/06/1997):

Las citaciones de peritos y testigos se practicarán en la forma establecida en el título VII del libro I. Los peritos y testigos citados que no comparezcan, sin causa legítima que se lo impida, incurrirán en la multa señalada en el número 5.º del artículo 175. Si vueltos a citar dejaren también de comparecer, serán procesados por el delito de denegación de auxilio que define obstrucción a la justicia, tipificado en el artículo 463.1 del Código respecto de los peritos y testigos. Penal.

  1. Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
  2. Vigente desde 28/04/2003 · modificado por BOE-A-2002-20823

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