🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 74 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el conocimiento del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta.
Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez municipal.
Flashcards de este artículo
Artículo 74
Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el conocimiento del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta. Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez municipal.
Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el ________ del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta.
conocimiento
«Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el conocimiento del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta.»
¿Qué artículo establece: «Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el conocimiento del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta»?
Artículo 74
«Cuando el recusado no considerare legítima la recusación, pasará el conocimiento del incidente a su suplente, haciéndolo constar en el acta.»
Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez ________.
municipal
«Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez municipal.»
¿Qué artículo establece: «Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez municipal»?
Artículo 74
«Ni en este caso ni en el del artículo anterior se da recurso alguno contra lo resuelto por el Juez municipal.»
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