⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1317 del Código Civil
Texto vigente
La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.
Flashcards de este artículo
Artículo 1317
La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.
La modificación del régimen económico ________ realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.
matrimonial
«La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.»
¿Qué artículo establece: «La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros»?
Artículo 1317
«La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Se tendrán también por nulas y La modificación del régimen económico matrimonial realizada durante el matrimonio no puestas en los contratos mencionados perjudicará en ningún caso los dos artículos anteriores las cláusulas derechos ya adquiridos por las que los contratantes, de una manera general, determinen que los bienes de los cónyuges se someterán a los fueros y costumbres de las regiones forales y no a las disposiciones generales de este Código. terceros.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.