⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1320 del Código Civil
Texto vigente
Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.
La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.
Flashcards de este artículo
Artículo 1320
Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial. La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.
Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el ________ de ambos o, en su caso, autorización judicial.
consentimiento
«Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.»
¿Qué artículo establece: «Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan…»?
Artículo 1320
«Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.»
La manifestación errónea o falsa del ________ sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.
disponente
«La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.»
¿Qué artículo establece: «La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe»?
Artículo 1320
«La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Los cónyuges mayores Para disponer de edad podrán en todo momento, actuando los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de común acuerdo, modificar el régimen económico, convencional o legal, del matrimonio. Si alguno uso ordinario de ellos fuere menor la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno solo de edad los cónyuges, se estará a lo dispuesto requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial. La manifestación errónea o falsa del disponente sobre el artículo 1.318. carácter de la vivienda no perjudicará al adquirente de buena fe.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 25/05/1975 · modificado por BOE-A-1975-9245
- Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.