Ir al generador

⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1365 del Código Civil

Texto vigente

Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge:

1.° En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o disposición de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda.

2.º En el ejercicio de la profesión, arte u oficio o en la administración ordinaria de los propios bienes.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

Flashcards de este artículo

Pulsa una tarjeta para girarla. Creadas con el texto literal.

Información1/5

Artículo 1365 (apartado 1)

Artículo 1365 · Código Civil
Contenido1/5

Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge:

Completa el hueco2/5

Los bienes gananciales responderán ________ frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge:

Artículo 1365 · Código Civil
Respuesta2/5

directamente

«Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge»?

Artículo 1365 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1365

«Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge:»
Información4/5

Artículo 1365 (apartado 2)

Artículo 1365 · Código Civil
Contenido4/5

° En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o disposición de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda.

Completa el hueco5/5

° En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o ________ de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda.

Artículo 1365 · Código Civil
Respuesta5/5

disposición

«° En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o disposición de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 4 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 26/09/2022 por BOE-A-2022-14580.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (03/07/2005):

Los bienes gananciales responderán directamente frente al acreedor de las deudas contraídas por un cónyuge: 1.° En el ejercicio de la potestad doméstica o de la gestión o disposición de gananciales, que por ley o por capítulos le corresponda. 2.° 2.º En el ejercicio ordinario de la profesión, arte u oficio o en la administración ordinaria de los propios bienes. Si uno de los cónyuges fuera comerciante, se estará a lo dispuesto en el Código de Comercio.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 08/06/1981 · modificado por BOE-A-1981-11198
  3. Vigente desde 03/07/2005 · modificado por BOE-A-2005-11364
  4. Vigente desde 26/09/2022 · modificado por BOE-A-2022-14580

Otros artículos de Sección 3.ª De las cargas y obligaciones de la sociedad de gananciales