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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1463 del Código Civil

Texto vigente

Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 1463

Artículo 1463 · Código Civil
Contenido1/5

Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.

Completa el hueco2/5

Fuera de los casos que expresa el artículo ________, la entrega de los bienes muebles se efectuará:

Artículo 1463 · Código Civil
Respuesta2/5

precedente

«Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará:»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará»?

Artículo 1463 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1463

«Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará:»
Completa el hueco4/5

por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los ________, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.

Artículo 1463 · Código Civil
Respuesta4/5

contratantes

«por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o…»?

Artículo 1463 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1463

«por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.»

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