⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1465 del Código Civil
Texto vigente
Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de estipulación especial.
Flashcards de este artículo
Artículo 1465
Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de estipulación especial.
Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de ________ especial.
estipulación
«Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de estipulación especial.»
¿Qué artículo establece: «Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de…»?
Artículo 1465
«Los gastos para la entrega de la cosa vendida serán de cuenta del vendedor, y los de su transporte o traslación de cargo del comprador, salvo el caso de estipulación especial.»
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