⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1610 del Código Civil
Texto vigente
Los censos no pueden redimirse parcialmente sino en virtud de pacto expreso.
Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del censualista, sin estar al corriente el pago de las pensiones.
Flashcards de este artículo
Artículo 1610
Los censos no pueden redimirse parcialmente sino en virtud de pacto expreso. Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del censualista, sin estar al corriente el pago de las pensiones.
Los censos no pueden redimirse ________ sino en virtud de pacto expreso.
parcialmente
«Los censos no pueden redimirse parcialmente sino en virtud de pacto expreso.»
¿Qué artículo establece: «Los censos no pueden redimirse parcialmente sino en virtud de pacto expreso»?
Artículo 1610
«Los censos no pueden redimirse parcialmente sino en virtud de pacto expreso.»
Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del ________, sin estar al corriente el pago de las pensiones.
censualista
«Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del censualista, sin estar al corriente el pago de las pensiones.»
¿Qué artículo establece: «Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del censualista, sin estar al corriente el pago de las pensiones»?
Artículo 1610
«Tampoco podrán redimirse contra la voluntad del censualista, sin estar al corriente el pago de las pensiones.»
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