⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 1617 del Código Civil
Texto vigente
Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.
Flashcards de este artículo
Información1/3
Artículo 1617
Artículo 1617 · Código Civil
Contenido1/3
Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.
Completa el hueco2/3
Pueden transmitirse a título oneroso o ________ las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.
Artículo 1617 · Código Civil
Respuesta2/3
lucrativo
«Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.»
¿Qué artículo?3/3
¿Qué artículo establece: «Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión»?
Artículo 1617 · Código Civil
Respuesta3/3
Artículo 1617
«Pueden transmitirse a título oneroso o lucrativo las fincas gravadas con censos, y lo mismo el derecho a percibir la pensión.»
RECOMENDADOEspacio para afiliación (libros de códigos, temarios, academias)
Otros artículos de CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.