⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 243 del Código Civil
Texto vigente
Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de los progenitores, viviere independientemente de estos. Los progenitores podrán revocar este consentimiento.
Flashcards de este artículo
Artículo 243
Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de los progenitores, viviere independientemente de estos. Los progenitores podrán revocar este consentimiento.
Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de ________ que, con el consentimiento de los progenitores, viviere independientemente de estos.
dieciséis años
«Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de los progenitores, viviere independientemente de estos.»
¿Qué artículo establece: «Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de los progenitores, viviere…»?
Artículo 243
«Se reputará para todos los efectos como emancipado al hijo mayor de dieciséis años que, con el consentimiento de los progenitores, viviere independientemente de estos.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
No pueden ser tutores: 1. Los que estuvieran privados o suspendidos en el ejercicio de la patria potestad o total o parcialmente de Se reputará para todos los derechos efectos como emancipado al hijo mayor de guarda y educación, por resolución judicial. 2. Los que hubieren sido legalmente removidos dieciséis años que, con el consentimiento de una tutela anterior. 3. Los condenados a cualquier pena privativa los progenitores, viviere independientemente de libertad, mientras estén cumpliendo la condena. 4. estos. Los condenados por cualquier delito que haga suponer fundadamente que no desempeñarán bien la tutela. progenitores podrán revocar este consentimiento.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
- Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233
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Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.