⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763
Artículo 247 del Código Civil
Texto vigente
La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor; pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su defensor judicial.
El menor emancipado podrá por sí solo comparecer en juicio.
Lo dispuesto en este artículo es aplicable también al menor que hubiere obtenido judicialmente el beneficio de la mayor edad.
Flashcards de este artículo
Artículo 247
La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor; pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su defensor judicial. El menor emancipado podrá por sí solo comparecer en juicio. Lo dispuesto en este artículo es aplicable también al menor que hubiere obtenido judicialmente el beneficio de la mayor edad.
La emancipación ________ al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor;
habilita
«La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor;»
¿Qué artículo establece: «La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor»?
Artículo 247
«La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor;»
pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y ________ mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su defensor judicial.
establecimientos
«pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su defensor judicial.»
¿Qué artículo establece: «pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y…»?
Artículo 247
«pero hasta que llegue a la mayor edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su defensor judicial.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Serán removidos de la tutela los La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor; pero hasta que después de deferida incurran en causa legal de inhabilidad, o se conduzcan mal en llegue a la mayor edad no podrá el desempeño emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de la tutela, por incumplimiento extraordinario valor sin consentimiento de los deberes propios del cargo o por notoria ineptitud sus progenitores y, a falta de ambos, sin el de su ejercicio, o cuando surgieran problemas defensor judicial. El menor emancipado podrá por sí solo comparecer en juicio. Lo dispuesto en este artículo es aplicable también al menor que hubiere obtenido judicialmente el beneficio de convivencia graves y continuados. la mayor edad.
- Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
- Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
- Vigente desde 16/02/1996 · modificado por BOE-A-1996-1069
- Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233
Otros artículos de TÍTULO X. De la mayor edad y de la emancipación
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.