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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 245 del Código Civil

Texto vigente

También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 245

Artículo 245 · Código Civil
Contenido1/3

También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.

Completa el hueco2/3

También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de ________ que lo solicitare.

Artículo 245 · Código Civil
Respuesta2/3

dieciséis años

«También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor…»?

Artículo 245 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 245

«También podrá la autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el beneficio de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.»

Qué ha cambiado: historial de versiones

Este artículo tiene 3 redacciones en el BOE. Última modificación en vigor desde el 03/09/2021 por BOE-A-2021-9233.

Texto suprimido · Texto añadido respecto a la redacción anterior (15/11/1983):

Tampoco pueden ser tutores los excluidos expresamente por el padre o por También podrá la madre en sus disposiciones en testamento o documento notarial, salvo que autoridad judicial, previo informe del Ministerio Fiscal, conceder el Juez en resolución motivada estime otra cosa en beneficio del menor o del incapacitado. de la mayor edad al sujeto a tutela mayor de dieciséis años que lo solicitare.

  1. Vigente desde 16/08/1889 · redacción original
  2. Vigente desde 15/11/1983 · modificado por BOE-A-1983-28123
  3. Vigente desde 03/09/2021 · modificado por BOE-A-2021-9233

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