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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 169 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

El que recibiere la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 169

Artículo 169 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

El que recibiere la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.

Completa el hueco2/3

El que ________ la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.

Artículo 169 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

recibiere

«El que recibiere la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «El que recibiere la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar»?

Artículo 169 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 169

«El que recibiere la cédula sacará y autorizará con su firma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.»

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