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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 176 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la original, la causa de no haberse efectuado la comparecencia. Si esta causa no fuere legítima, se procederá inmediatamente por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a efecto la prevención que corresponda, entre las establecidas en el número 5.º del artículo anterior.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 176

Artículo 176 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la original, la causa de no haberse efectuado la comparecencia. Si esta causa no fuere legítima, se procederá inmediatamente por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a efecto la prevención que corresponda, entre las establecidas en el número 5.º del artículo anterior.

Completa el hueco2/5

Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya ________ la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la original, la causa de no haberse efectuado la comparecencia.

Artículo 176 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

practicado

«Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la original, la causa de no haberse efectuado la comparecencia.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación…»?

Artículo 176 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 176

«Cuando el citado no comparezca en el lugar, día y hora que se le hubiesen señalado, el que haya practicado la citación volverá a constituirse en el domicilio de quien hubiese recibido la copia de la cédula, haciendo constar por diligencia en la original, la causa de no haberse efectuado la comparecencia.»
Completa el hueco4/5

Si esta causa no fuere legítima, se procederá ________ por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a efecto la prevención que corresponda, entre las establecidas en el número 5.º del artículo anterior.

Artículo 176 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

inmediatamente

«Si esta causa no fuere legítima, se procederá inmediatamente por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a efecto la prevención que corresponda, entre las establecidas en el número 5.º del artículo anterior.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si esta causa no fuere legítima, se procederá inmediatamente por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a…»?

Artículo 176 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 176

«Si esta causa no fuere legítima, se procederá inmediatamente por el Juez o Tribunal que hubiere acordado la citación, a llevar a efecto la prevención que corresponda, entre las establecidas en el número 5.º del artículo anterior.»

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