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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 172 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere la causa y el tiempo de su ausencia, se entregará la cédula al pariente, familiar o criado, mayor de catorce años, que se halle en dicha habitación.

Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más próximos.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/5

Artículo 172

Artículo 172 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/5

Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere la causa y el tiempo de su ausencia, se entregará la cédula al pariente, familiar o criado, mayor de catorce años, que se halle en dicha habitación. Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más próximos.

Completa el hueco2/5

Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere la causa y el tiempo de su ausencia, se entregará la cédula al pariente, familiar o criado, mayor de ________, que se halle en dicha habitación.

Artículo 172 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/5

catorce años

«Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere la causa y el tiempo de su ausencia, se entregará la cédula al pariente, familiar o criado, mayor de catorce años, que se halle en dicha habitación.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere…»?

Artículo 172 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/5

Artículo 172

«Cuando a la primera diligencia en busca no fuere hallado en su habitación el que haya de ser notificado, cualquiera que fuere la causa y el tiempo de su ausencia, se entregará la cédula al pariente, familiar o criado, mayor de catorce años, que se halle en dicha habitación.»
Completa el hueco4/5

Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más ________.

Artículo 172 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta4/5

próximos

«Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más próximos.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más próximos»?

Artículo 172 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta5/5

Artículo 172

«Si no hubiere nadie, se hará la entrega a uno de los vecinos más próximos.»

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