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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 512 del Código Civil

Texto vigente

Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 512

Artículo 512 · Código Civil
Contenido1/3

Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.

Completa el hueco2/3

Serán de cuenta del ________ los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.

Artículo 512 · Código Civil
Respuesta2/3

usufructuario

«Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo»?

Artículo 512 · Código Civil
Respuesta3/3

Artículo 512

«Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.»

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