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👷 Estatuto de los Trabajadores · BOE-A-2015-11430

Disposición adicional decimoctava del Estatuto de los TrabajadoresDiscrepancias en materia de conciliación

Texto vigente

Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente se resolverán por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 30/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/4

Disposición adicional decimoctava. Discrepancias en materia de conciliación

Disposición adicional decimoctava · Estatuto de los Trabajadores
Contenido1/4

Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente se resolverán por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

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Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente se resolverán por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/________, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Disposición adicional decimoctava · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta2/4

2011

«Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente se resolverán por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.»
¿Qué artículo?3/4

¿Qué artículo lleva por título «Discrepancias en materia de conciliación»?

Disposición adicional decimoctava · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta3/4

Disposición adicional decimoctava

¿Qué artículo?4/4

¿Qué artículo establece: «Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal…»?

Disposición adicional decimoctava · Estatuto de los Trabajadores
Respuesta4/4

Disposición adicional decimoctava. Discrepancias en materia de conciliación

«Las discrepancias que surjan entre empresarios y trabajadores en relación con el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente se resolverán por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.»

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