🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 117 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
La extinción de la acción civil tampoco lleva consigo la de la penal que nazca del mismo delito o falta.
La sentencia firme absolutoria dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio de la acción penal correspondiente.
Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo que establece el capítulo II del título I de este libro y los artículos 106, 107, 110 y párrafo segundo del 112.
Flashcards de este artículo
Artículo 117
La extinción de la acción civil tampoco lleva consigo la de la penal que nazca del mismo delito o falta. La sentencia firme absolutoria dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio de la acción penal correspondiente. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo que establece el capítulo II del título I de este libro y los artículos 106, 107, 110 y párrafo segundo del 112.
La sentencia firme ________ dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio de la acción penal correspondiente.
absolutoria
«La sentencia firme absolutoria dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio de la acción penal correspondiente.»
¿Qué artículo establece: «La extinción de la acción civil tampoco lleva consigo la de la penal que nazca del mismo delito o falta»?
Artículo 117
«La extinción de la acción civil tampoco lleva consigo la de la penal que nazca del mismo delito o falta.»
Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo que establece el capítulo II del título I de este libro y los artículos ________, 107, 110 y párrafo segundo del 112.
106
«Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo que establece el capítulo II del título I de este libro y los artículos 106, 107, 110 y párrafo segundo del 112.»
¿Qué artículo establece: «La sentencia firme absolutoria dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio…»?
Artículo 117
«La sentencia firme absolutoria dictada en el pleito promovido por el ejercicio de la acción civil, no será obstáculo para el ejercicio de la acción penal correspondiente.»
Otros artículos de TÍTULO IV. De las personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones …
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