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🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036

Artículo 425 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Texto vigente

Si la persona llamada a declarar ejerce funciones o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación, a su superior inmediato para que le nombre sustituto durante su ausencia, si lo exigiere así el interés o la seguridad pública.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 09/04/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Información1/3

Artículo 425

Artículo 425 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Contenido1/3

Si la persona llamada a declarar ejerce funciones o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación, a su superior inmediato para que le nombre sustituto durante su ausencia, si lo exigiere así el interés o la seguridad pública.

Completa el hueco2/3

Si la persona llamada a declarar ejerce ________ o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación, a su superior inmediato para que le nombre sustituto durante su ausencia, si lo exigiere así el interés o la seguridad pública.

Artículo 425 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta2/3

funciones

«Si la persona llamada a declarar ejerce funciones o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación, a su superior inmediato para que le nombre sustituto durante su ausencia, si lo exigiere así el interés o la seguridad pública.»
¿Qué artículo?3/3

¿Qué artículo establece: «Si la persona llamada a declarar ejerce funciones o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación…»?

Artículo 425 · Ley de Enjuiciamiento Criminal
Respuesta3/3

Artículo 425

«Si la persona llamada a declarar ejerce funciones o cargo público, se dará aviso, al mismo tiempo que se practique la citación, a su superior inmediato para que le nombre sustituto durante su ausencia, si lo exigiere así el interés o la seguridad pública.»

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