🔍 Ley de Enjuiciamiento Criminal · BOE-A-1882-6036
Artículo 536 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Texto vigente
Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza.
Flashcards de este artículo
Artículo 536
Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza.
Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de ________ Civil.
Enjuiciamiento
«Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil.»
¿Qué artículo establece: «Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV…»?
Artículo 536
«Para realizar toda fianza el Secretario judicial procederá por la vía de apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil.»
Si se tratare de una fianza ________, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza.
personal
«Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza.»
¿Qué artículo establece: «Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer…»?
Artículo 536
«Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza.»
Qué ha cambiado: historial de versiones
Para realizar toda fianza se el Secretario judicial procederá por la vía de apremio. apremio de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV, Título IV, del Libro III de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Si se tratare de una fianza personal, se procederá también por la vía de apremio contra los bienes del fiador hasta hacer efectiva la cantidad que se haya fijado al admitir la referida fianza. Los efectos públicos, acciones y obligaciones de ferrocarriles y obras públicas y demás valores mercantiles o industriales se enajenarán por Agente de Bolsa, o Corredor en su defecto. Si no le hubiere en el lugar de la causa, se remitirán para su enajenación al Juez o Tribunal de la plaza más próxima en que lo haya. Los demás muebles dados en prenda, así como los inmuebles hipotecados, se venderán en pública subasta, previa tasación.
- Vigente desde 01/06/1997 · redacción original
- Vigente desde 04/05/2010 · modificado por BOE-A-2009-17493
Otros artículos de TÍTULO VII. De la libertad provisional del procesado
Contenido de estudio, no asesoramiento jurídico. Prevalece siempre el texto oficial publicado en el BOE.