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⚖️ Código Civil · BOE-A-1889-4763

Artículo 1007 del Código Civil

Texto vigente

Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla. De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario.

Fuente: texto consolidado del BOE, actualizado el 07/09/2026. Prevalece siempre el texto oficial.

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Artículo 1007

Artículo 1007 · Código Civil
Contenido1/5

Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla. De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario.

Completa el hueco2/5

Cuando fueren varios los ________ llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla.

Artículo 1007 · Código Civil
Respuesta2/5

herederos

«Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla.»
¿Qué artículo?3/5

¿Qué artículo establece: «Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla»?

Artículo 1007 · Código Civil
Respuesta3/5

Artículo 1007

«Cuando fueren varios los herederos llamados a la herencia, podrán los unos aceptarla y los otros repudiarla.»
Completa el hueco4/5

De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y ________ o a beneficio de inventario.

Artículo 1007 · Código Civil
Respuesta4/5

simplemente

«De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario.»
¿Qué artículo?5/5

¿Qué artículo establece: «De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario»?

Artículo 1007 · Código Civil
Respuesta5/5

Artículo 1007

«De igual libertad gozará cada uno de los herederos para aceptarla pura y simplemente o a beneficio de inventario.»

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